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World Compliance Association a la vanguardia de la tecnología

En colaboración con la Oficina Anticorrupción, se llevó a cabo el primer conversatorio online donde se abordaron temas relacionados a la responsabilidad penal de personas jurídicas, el Compliance Público y la transparencia en contrataciones públicas en el marco de la emergencia por COVID-19

El pasado 20 de mayo, el Lic. Diego Cani y el Dr. Diego Di Giorno, Directores del Comité de Tecnología de la World Compliance Association Capitulo Argentino, en colaboración con la Oficina Anticorrupción pusieron a disposición herramientas tecnológicas capaces de desarrollar en tiempos de COVID19 el primer conversatorio Online utilizando a través de grandes servidores, el canal Youtube y Facebook Live propietarios de WCA Internacional.

El conversatorio contó con las ponencias de la Presidenta de la WCA, Dra. Lina Anllo, el responsable académico de la WCA, Dr. Emilio Cornejo Costa, y el Titular de la oficina Anticorrupción, Dr. Felix Crous. En consecuencia, el prestigioso panel puso de manifiesto la incidencia de Programas de Integridad y Compliance en tiempos de COVID-19.

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Durante 45 minutos fueron abordados diversos temas relacionados a la Ley 27.401: Responsabilidad penal de las personas jurídicas, el Compliance Público y la nueva resolución sobre “Aprobación de Recomendaciones para Fortalecer la Integridad y Transparencia en Contrataciones Públicas Celebradas en el Marco de la Emergencia por COVID-19.”

La Dra. Lina Anllo, puso de manifiesto al Dr. Félix Crous, acerca de la nueva resolución dictada el pasado 14 de mayo referente a las contrataciones directas y los lineamientos de la Oficina Anticorrupción sobre dichas contrataciones en un ámbito de Pandemia. Tal es así que el Titular de la Oficina Anticorrupción explicó, de acuerdo a la resolución dictada, que las contrataciones públicas se presentan como un área vulnerable para la configuración de conflictos de intereses y otras irregularidades, por la interacción con el sector privado que presuponen.

Dicha situación se acentúa en contextos como el generado por la pandemia COVID-19, atento a la celeridad que demanda la cobertura de las necesidades impostergables de la población y el inevitable apartamiento de los procedimientos legalmente establecidos para épocas de normalidad. Que al ratificar la CONVENCIÓN INTERAMERICANA CONTRA LA CORRUPCIÓN (Ley Nº 24.759), nuestro país se comprometió a considerar la aplicabilidad de medidas, dentro de sus propios sistemas institucionales, destinadas a crear, mantener y fortalecer sistemas  para la adquisición de bienes y servicios por parte del Estado que aseguren la publicidad, equidad.

Tal es así que, al aprobarse la CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS CONTRA LA CORRUPCIÓN (Ley Nº 26.097), la República Argentina, por su artículo 9º, se asumió la obligación de adoptar –de conformidad con los principios fundamentales de su ordenamiento jurídico- las medidas necesarias para establecer sistemas apropiados de contratación pública, basados en la transparencia, la competencia, criterios objetivos de adopción de decisiones, que sean eficaces, entre otras cosas, para prevenir la corrupción. Es dable aclarar que la Ley Nº 25.188 de “Ética en el Ejercicio de la Función Pública” estableció en su artículo 2º, múltiples deberes y pautas de comportamiento ético para quienes ejercen funciones públicas, entre los que se encuentran el de “fundar sus actos y mostrar la mayor transparencia en las decisiones adoptadas sin restringir información, a menos que una norma o el interés público claramente lo exijan”; y el de “observar en los procedimientos de contrataciones públicas en los que intervengan los principios de publicidad, igualdad, concurrencia y razonabilidad”.

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El conversatorio contó con la participación de más de 230 inscriptos de distintos países de todo el mundo (Perú, México, España, Colombia, Ecuador, Bolivia, Chile, Uruguay, Panamá, Guatemala, Venezuela), autoridades de diversos organismos nacionales (Trenes Argentinos, Afip, Aysa, Correo Argentino, YPF, Metrogras, Edenor, Ministerio de Seguridad, CEAMSE, AA2000, INSSJP, Cámara Nacional de Casación, Pami), Fiscales Nacionales e Internacionales; en el Sector Privado, empresas como Grupo Albanesi, KMPG, BDO, CADMIPyA (Cámara Argentina de Distribuidores Mayoristas de Informática y Productores Afines, CAME (Confederación Argentina de la mediana empresa) Estudio Jurídico Beccar Varela, Banco Itaú, Banco Provincia, contadores, Compliance Officer de distintas entidades a nivel nacional como internacional, e Universidades como la Universidad Nacional del Nordeste (Argentina) e Universidad Nacional Mayor de Santos Marcos de la Republica del Perú, entre otros

World Compliance Association Capitulo Argentino es actualmente para la oficina Anticorrupción, un elemento consultivo de nivel y prestigio compuesta por diversos comités, especializados en distintas aristas del derecho.

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