Las Fintech celebran las medidas de alivio fiscal para cobros electrónicos de pequeños contribuyentes
La normativa beneficiará a comerciantes y profesionales monotributistas, facilitando la trazabilidad de las operaciones, el acceso al crédito y la seguridad en las transacciones.
La Cámara Argentina Fintech celebra la publicación en el Boletín Oficial de la Ley 27.743 de “Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes” que, en su artículo 102, sanciona la Desgravación de retenciones impositivas a los cobros electrónicos en pequeños contribuyentes. Esta medida favorece la formalización de la economía al eliminar las retenciones de impuestos que actualmente se le aplican a comerciantes y profesionales monotributistas por cobros con tarjetas de débito, crédito y otros medios de pago digitales, en operaciones por hasta $10.528.000 al mes (10.000 UVAs).
La norma señala que las entidades administradoras de tarjetas de débito, crédito, compra y similares, así como los agrupadores, agregadores, entidades financieras y demás procesadores de medios electrónicos de pago “sólo podrán realizar retenciones impositivas, cuando así lo dispongan las autoridades tributarias nacionales, en tanto y en cuanto los montos que procesen excedan el equivalente a diez mil (10.000) Unidades de Valor Adquisitivo mensuales por contribuyente”.
Obstáculos actuales y beneficios esperados
En la actualidad, uno de los principales obstáculos para la digitalización de los pagos es la intensa carga tributaria en segmentos de pequeños y medianos comercios. La sanción de este artículo ayudará a combatir esta problemática, que desalienta a cientos de miles de comerciantes a aceptar cobros digitales para no verse afectados por elevadas percepciones, que, en algunas provincias, superan la magnitud del impuesto a ingresar posteriormente.
La digitalización de los pagos implica, también, una mejora en la trazabilidad de las operaciones; un mayor acceso al crédito ya que, al digitalizar la transacción, se genera información que propicia mejores condiciones a la hora de solicitar préstamos; y más transparencia y seguridad en comparación al efectivo, que expone a comerciantes y consumidores al riesgo de robo y otros costos asociados.
Por eso, promovemos la pronta reglamentación de esta iniciativa y solicitamos a los gobiernos provinciales y de la Ciudad de Buenos Aires a que dicten normas complementarias, que eximan de la retención de Ingresos Brutos a operaciones por debajo del límite fijado por esta ley.
Impacto económico y formalización
La desgravación de retenciones impositivas tiene el potencial de provocar un impacto significativo en la economía local. Al aliviar la carga tributaria que pesa sobre pequeños comerciantes y profesionales, se espera que más negocios opten por adoptar los pagos electrónicos. Esta tendencia no solo podría estimular el crecimiento económico, sino también impulsar la formalización de la actividad comercial. Para los consumidores, el beneficio es evidente: dispondrán de más opciones para realizar pagos digitales sin enfrentar retenciones excesivas, lo que facilita y agiliza sus transacciones diarias.
En términos de seguridad y prevención del fraude, la digitalización de los pagos representa una ventaja considerable. Las transacciones electrónicas son más rastreables y, por lo tanto, menos susceptibles al robo o pérdida física de dinero en efectivo. No obstante, es crucial que las entidades financieras y los procesadores de pagos continúen implementando medidas de seguridad robustas para proteger a los usuarios y prevenir posibles fraudes. La confianza del usuario en los sistemas de pago electrónico es fundamental para la expansión de esta modalidad.
Por último, la educación y promoción de los pagos electrónicos son esenciales para su adopción generalizada. Las autoridades y organizaciones educativas deben desempeñar un papel activo en la promoción de estos métodos, a través de campañas de concientización y programas de capacitación para comerciantes. Además, programas de incentivos pueden fomentar el cambio hacia métodos digitales, contribuyendo así a la inclusión financiera.